SUBVENCIÓN WEB JUNTA DE ANDALUCÍA
Si deseas un página web o tienda online complementamente GRATIS o mejorar la que ya tienes, solicita ahora una subvención para la modernización y digitalización de tu negocio online hasta el 100% de la inversión.
- Subvención de hasta el 100% de la inversión para PYMES o autónomos/as.
- Analizamos y estudiamos las necesidades reales de tu empresa y te ofrecemos la mejor solución.
- Asesoramiento completo sobre la subvención en cuestión.
- Digitalizamos y optimizamos tu negocio online, gracias a nuestros servicios de marketing, desarrollo y diseño web, publicidad en redes sociales y posicionamiento SEO.
Plazo de solicitud: Desde el 26/11/2021 al 26/05/2022
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Impulsar/favorecer la modernización/continuidad de las PYMES y autómos de Andalucía a nivel digital y online.
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MODALIDAD A
- Compra de equipos informáticos/Software para la gestión de la empresa.
- Contratación de aplicaciones para la digitalización de la empresa.
- Consultorías para la digitalización de la empresa.
- Contratación de servicios en la nube por un año.
- Contratación/Compra de tennología de robotización para la modernización de la empresa.
MODALIDAD B
- Contratación de servicios de marketing digital, posicionamiento web, social media, email marketing, publicidad en internet y comunicación en redes sociales.
- Consultorías para la estrategia digital.
- Supervisión/Consultoría/Adaptación a la normativa legal de la página web (RGPD/LOPD).
- Gastos profesionales para la creación, mantenimiento y/o diseño o rediseño de páginas web o tiendas online.
- Contratación de servicios de proveedores de hosting y dominios durante un año.
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Cualquier PYM, persona autónoma o trabajador por cuenta propia con sede en Andalucía.
Quedan excluidas las sociedades.
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Siempre y cuando se reunan los requerimientos necesarios, la Junta de Andalucía subvencionará por cada establecimiento con mínimo de 1.000€ hasta 6.000 € (IVA excluído).
La subvención podrá cubrir hasta el 100% del presupuesto aceptado (IVA excluído), según la tipología.
En caso de aprobar una subvención inferior al 100%, la empresa tendrá que abonar el restante, hasta completar el 100%.
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- DNI/CIF/NIF.
- Domicilio fiscal y censo o DUE.
- Informe vida laboral.
- Presupuetos o facturas Pro Forma de la inversión detallada.
- Modelo TA521 (No autónomo societario).
- Certificado registro mercantil constitución, vigencia y no incurso en cierre registral.
- Pyme. Modelo 100. Certificado depósito cuentas anuales o los 2 ejercicios anteriores.
- Número anual medio de trabajadores de los 2 últimos años o certificado de ausencia de trabajadores.
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- Ser autónomo, trabajador por cuenta propia o PYME, además de mantener el alta durante 1 año desde la presentación de solicitud.
- Ejecutar el proyecto de inversión dentro del plazo marcado por la Junta de Andalucía.
- Mantener los bienes inventriables durante 2 años desde el pago de la subvención (Comunicar sustitución).